
La Archicofradía del Santísimo Sacramento es la única de las grandes cofradías de las que existieron en la Catedral de Guatemala que aún permanece vigente. Es una agregación que tiene como principal finalidad encargase del culto y veneración del Santísimo Sacramento en la Catedral.
Algunas anotaciones históricas sobre la Archicofradía
Las Cofradías llegaron a Guatemala procedentes de España, donde tenían dos fines; el religioso, para rendir homenaje a determinado santo o devoción, y el benéfico-social tipo hermandad, para ayudarse mutuamente los asociados en asuntos económicos, mutualistas, cuidado de los enfermos, préstamos en dinero, enterramientos y demás necesidades de la vida. Dado este aspecto comunitario tan arraigado, su aceptación fue rápida. Cada festividad religiosa, cada santo, cada patrón del lugar y toda actividad religiosa de tipo ceremonial, tenía su propia Cofradía, para impulsar la devoción al Santísimo, a la Virgen, a los Santos, en especial al Patrono del lugar, que daba lugar a múltiples actividades sociales, económicas y religiosas. Se dice que el Obispo Marroquín fue el primer cofrade de dos de las más importantes cofradías de Guatemala, la del Rosario y la del Santísimo Sacramento. Las cofradías dedicadas a la devoción eucarística fueron muchas y muy numerosas. Consta, por ejemplo, que el 30 de julio de 1604, el obispo Fray Juan Ramírez decretó la institución de una Cofradía del Santísimo en los templos de los pueblos de indios, para que se mantuviera en dichos templos el depósito del Santísimo Sacramento.
Al principio, la Cofradía del Santísimo Sacramento en la ciudad de Santiago no tenía estatutos propios, por lo cual el Ilmo. Dr. Dn. Juan de Santho Mathía Sáenz Mañosca y Murillo decide erigirla formalmente el 30 de enero de 1669 como Archicofradía en el Sagrario de la Catedral, incorporándola a la instituida en la Iglesia de Santa María de la Minerva de la Orden de Predicadores de la ciudad de Roma. La nueva archicofradía gozará de los mismos privilegios, concesiones, indulgencias y gracias que se concedieron a la de la Minerva, conforme a la bula del Papa Paulo III dada en Roma el 30 de noviembre de 1539.
Estas indulgencias son:
- Primeramente concede S.S. a cualquier fiel que entrara en la Cofradía, indulgencia plenaria en el primer día que esto sucede, si verdaderamente penitente y confesado, comulgara en dicho día.
- A cualquier cofrade que asimismo verdaderamente penitente, confesado y comulgado devotamente, participara de la Procesión que la Cofradía acostumbra hacer todos los años en la Octava de Corpus Christi y acompaña al Santísimo Sacramento, y allí hiciera oraciones por el Santo Padre, la extirpación de las herejías y demás necesidades de la Iglesia, indulgencia plenaria.
- A los cofrades que, penitentes, confesados y comulgados, en artículo de muerte devotamente invocaran con el corazón, el nombre de Jesús, indulgencia plenaria.
- A los cofrades que verdaderamente penitentes y confesados, comulgaran en el día de Corpus e hicieran oración, 7 años de indulgencias.
- Asimismo, a todos los cristianos que asistan al los divinos oficios y procesiones de la Cofradía, cien días; y lo mismo ganan los que en los viernes de cualquier semana visitaran la Iglesia de la Cofradía e hicieran oración.
- A los cofrades que, penitentes, confesados y comulgados, asistieran a la procesión que se acostumbra hacer en cualquier tercer domingo del mes y en el Jueves Santo, haciendo oración como queda dicho, siete años y siete cuarentenas y a los demás fieles que asistieran a dicha procesión, no cofrades, 200 días.
- A los cofrades que, al menos contritos y confesados el Jueves Santo, acompañaren en procesión al Santísimo Sacramento, 100 días y a los que le acompañen cuando se lleva a los enfermos o a otra parte, o por cualquier manera con luz o sin luz, siete años y siete cuarentenas.
- Y a los parroquianos y a los demás fieles que acompañen con luz o sin luz al Santísimo Sacramento, cinco años y cinco cuarentenas. Y a los impedidos que rezasen un Padre Nuestro y un Ave María e hicieran oración como dicho, cien días y los mimos cien días ganan las mujeres que por justa causa no acompañan al Santísimo Sacramento, rezando un Padre Nuestro y un Ave María y haciendo piadosa oración por el enfermo.
- Finalmente a los dichos cofrades que en el Jueves Santo visitaren el lugar de la reserva e hicieran oración como dicho, cien días.
Con el crecimiento rápido de la Archicofradía, se va viendo la necesidad de obtener una aprobación pontificia. Los señores Diputados de la Muy Ilustre Archicofradía del Santísimo Sacramento escriben en 1756 a su análoga de México para aclararse de ciertas indulgencias concedidas a las Cofradías del Santísimo asociadas a la de la Minerva, recibiendo respuesta el 12 de septiembre de 1757.
Animados por esta respuesta, el Rector, Diputados y Mayordomo de la Archicofradía solicitan la aprobación y confirmación de sus estatutos al Santo Padre. Esta gracia es concedida por el Papa Clemente XIII con bula del 5 de diciembre de 1759, en la que aprueba y confirma los estatutos en que fue erigida y fundada la Archicofradía del Santísimo Sacramento del Sagrario de la S. I. Metropolitana de Guatemala. Esta bula fue recibida en Guatemala el 25 de agosto de 1761.
El mismo Papa Clemente XIII, en nueva bula del 5 de marzo de 1761, concede perpetuamente que las misas que se celebren según los estatutos de la Archicofradía del Santísimo Sacramento en cualquier altar por el alma de cualquier cofrade, gocen de indulgencia plenaria como si se hubieran celebrado en altar privilegiado.
Asimismo, el Papa Clemente XIII en otro breve del mismo día 5 de marzo de 1761, concede a favor de los cofrades de ambos sexos de la Cofradía del Santísimo Sacramento que, habiendo confesado y estando verdaderamente contritos, asistan a la comunión general en esta Santa Iglesia el 3er. Domingo de cada mes y rezaren por las intenciones del Santo Padre, la extirpación de las herejías y demás necesidades de la Iglesia, consigan indulgencia plenaria y remisión de todos sus pecados.
Se tienen testimonios fehacientes de que, en el gobierno eclesiástico del Obispo Juan Gómez de Parada y Mendoza (1725-1736), ya se contaba con la gracia del Jubileo de las 40 horas. Este obispo en 1730 recabó numerosos informes y redactó un brillante escrito sobre las bendiciones que se siguen del Jubileo Circular. De hecho, a solicitud de los cofrades de la Archicofradía, el Papa Clemente XII en 1733 concedió la gracia del Jubileo Circular para la ciudad de Santiago por quince años, comenzando el día de la fiesta de Corpus, 24 de junio de 1734. A petición de los mismos cofrades, el Papa Benedicto XIV en 1748 la prorrogó por otros quince años y el Papa Clemente XIII en 1763 por otros treinta.
Ya en la Nueva Guatemala, en 1791, el Venerable Cabildo de la S. I. Metropolitana, se dirige al Rector, Diputados y Mayordomo de la Archicofradía del Santísimo Sacramento, para hacer la consulta del caso pues “hace como 60 años que la ciudad goza de la gracia del Jubileo Circular y oración de cuarenta horas en virtud de varias concesiones que le ha hecho la Silla Apostólica a solicitud de esta Archicofradía. Y estando para espirar, o concluirse el término de la última concesión, intentamos ocurrir a la corte de Roma por medio de la de España en solicitud de su prorrogación o perpetuidad”. Y para hacerlo con la justificación debida, se pregunta sobre el asunto. A lo cual todos los que reciben la consulta, responden que dicho Jubileo Circular no sólo se realiza con toda devoción y culto sino que se hace con gran concurso de fieles y altísima devoción.
Por este motivo, el Venerable Cabildo, en oficio del 20 de marzo de 1792, informó al señor Arzobispo que “el esmero y solemnidad con que se ha celebrado siempre el Jubileo en las Iglesias donde se recibe, y la piedad y devoción, con que los fieles ocurren a ellas para hacer oración delante del Santísimo Sacramento, no sólo no se ha enfriado jamás, sino que parece crecer y aumentar cada día: pues en cuanto a lo primero, nunca faltan Iglesias o devotos particulares, que a porfía pretenden la asignación del Jubileo; y si al tiempo del repartimiento, que se hace anualmente a fines del año, para la entrada y continuación del siguiente, quedan algunos triduos vacos, luego que se tiene noticia de ellos, por la que ministra el almanaque, ocurren a pedirlos, de manera que sobran pretendientes y falta con qué satisfacer a todos; sin que se verifique parar un año, sin llenar el Jubileo todos los días de él. La decencia con que en todas partes se mantiene, es constante tanto por el adorno del altar, cuanto por la cera fina y blanca que arde ante él todo el día, no bajando de doce velas encendidas subiendo algunas veces a muchas más; a que se llega el celebrarse diariamente misa solemne y permanecer todo el día la música en la Iglesia. En cuanto a lo segundo, no es menos constante la piedad con que los fieles ocurren a venerar la Majestad Sacramentada: siendo grande todos los días el concurso de gentes por mañana y tarde en la Iglesia donde está el Jubileo; y esto con una compostura y circunspección inexpresible y aún edificativa. Entre los devotos que celebran diversas festividades, hay algunos que tienen ya dotados para ellas los días del Jubileo y fincados los capitales de la dotación; y es menester que haya en adelante muchas más de estas dotaciones. Finalmente el Cabildo considera que habida razón de los muchos años que se cuentan desde la primera concesión del Jubileo, de su continuación sin decadencia, ya aún con notorios aumentos de devoción y de haberse logrado la última concesión por treinta años, se puede suplicar a Su Santidad se digne hacer ya perpetua esta concesión para mayor gloria de Nuestro Señor y bien de su Iglesia”.
En respuesta a esta petición hecha por el Arzobispo, el Papa Pío VI, el 16 de abril de 1793 concede a perpetuidad la Indulgencia o Jubileo de oración de Cuarenta horas, establecida en las Iglesias de esta capital a cargo de la Archicofradía del Santísimo Sacramento del Sagrario de la S. I. Catedral Metropolitana.
En 1852, el Papa Pío IX, mediante Rescripto Pontificio del 4 de julio concede indulgencia plenaria a los fieles que habiendo confesado y comulgado visitaran la Capilla del Sagrario en cualquiera de los viernes del año.
Asimismo, el 20 de septiembre del mismo año 1852, el mismo Papa Pío IX en Decreto Pontificio concede al Arzobispo de Guatemala facultad de otorgar a esta Archicofradía las indulgencias y gracias que goza la del Sagrado Corazón de María erigida en la parroquia de Ntra. Sra. de las Victorias en París, Francia. Este decreto no obtuvo ejecución ya que se prefirió establecer una nueva Archicofradía del Sagrado Corazón de María en la Catedral.
También el Papa Pío IX, en Breve del 17 de julio de 1860, concede a esta Archicofradía del Santísimo Sacramento todas las indulgencias que goza la de Santa María de la Minerva de Roma, tanto aquellas de las que ya gozaba como las que le fueron concedidas por otros Romanos Pontífices.
El 1 de marzo de 1871, el señor Arzobispo Mons. Bernardo Piñol y Aycinena concede que se celebre en la Capilla del Sagrario de la S. I. Catedral, la Misa votiva privilegiada de la Santísima Eucaristía en todos los jueves no impedidos del año. Asimismo, el 25 de agosto de 1871, concede que todos los fieles que, confesados, reciban la Sagrada Comunión y visiten la Capilla del Sagrario de la S. I. Catedral los jueves del año, ganen indulgencia plenaria, refrendando el mismo privilegio dado por el Santo Padre el 12 de marzo de 1819.
El 9 de octubre de 1905, a solicitud del Arzobispo Ricardo Casanova, la Archicofradía se agrega a la también Archicofradía del Santísimo Sacramento –primera entre primeras- erigida en la Iglesia de los Santos Andrés y Claudio en Roma, gozando de las indulgencias y privilegios de dicha primera archicofradía.
La archicofradía hoy
Con el paso de los años, la archicofradía fue perdiendo importancia y dejando de promover el ingreso de nuevos miembros. El P. José Luis Colmenares, párroco a partir de 2002, se dio cuenta de esta situación y decidió reorganizar la Archicofradía con la participación entusiasta de varios colaboradores y personas devotas de la Santísima Eucaristía. Con la autorización del señor Cardenal Arzobispo, el 28 de enero de 2004 dio inicio la formación de nuevos archicofrades, los cuales fueron admitidos como candidatos el Jueves Santo 8 de abril de ese año, e instituidos como cofrades el día 6 de junio, Domingo de la Santísima Trinidad. A partir de esa fecha, se ha tenido cursos de formación cada seis meses e institución de nuevos Archicofrades en los Domingos de la Santísima Trinidad y de la Sagrada Familia. Además, se formó una Junta Directiva provisional para dirigir el culto y adoración al Santísimo Sacramento y organizar la participación de algunos cofrades en el 48 Congreso Eucarístico Internacional, que se celebró en octubre de 2004 en Guadalajara, México.
Precisamente el 10 de junio del año 2004, solemnidad de Corpus Christi de ese año, el Papa Juan Pablo II convocó el Año de la Eucaristía, a celebrarse de octubre de 2004 a octubre de 2005. Este año extraordinario dio un gran impulso a las actividades de la Archicofradía y animó a muchas personas a seguir el proceso de formación para ingresar como miembros activos. Tocó a la Archicofradía organizar varias actividades de ese año, especialmente colaborar en la realización de la solemne Clausura del Año de la Eucaristía, que se celebró en la Arquidiócesis de Guatemala el sábado 12 de noviembre de 2005. Con ocasión de dicha clausura, se tuvo una extraordinaria procesión Eucarística desde el Santuario Eucarístico del Sagrado Corazón de Jesús hasta la Catedral Metropolitana, visitando muchas de las parroquias y templos del Centro Histórico, con la participación de los 13 decanatos o zonas pastorales de nuestra Arquidiócesis. Al finalizar la magna procesión, se celebró la Sagrada Eucaristía frente a la Catedral, en la Plaza de la Constitución, con una extraordinaria participación de personas.
Dentro de sus principales actividades están:
* Organizar el Jubileo Circular cuando esté en Catedral;
* Coordinar la adoración del Santísimo Sacramento todos los Jueves del Año durante todo el día, con la participación de los archicofrades en las diferentes Horas Santas y Guardia al Santísimo cada hora.
* Participar en la Santa Misa de la Archicofradía y procesión del Santísimo Sacramento el tercer domingo del todos los meses el año, a partir de las 10 horas.
* Coordinar las actividades en la Celebración del Corpus Christi de la Catedral.
* Coordinar la celebración de la Octava de Corpus Christi y vísperas de la Solemnidad del Sagrado Corazón de Jesús.
* Realizar tres retiros al año para los archicofrades instituidos y los nuevos candidatos.
Actualmente los miembros superan las 100 personas, que se reúnen todos los días jueves para la adoración del Santísimo, y también cada quince días para continuar su formación cristiana. La Junta Directiva provisional cual terminó sus funciones el 19 de enero de 2006, dando inicio a la primera Junta Directiva constituida formalmente y que fungirá hasta el 29 de septiembre del año 2007, fiesta de San Miguel Arcángel, titular de la Archicofradía.
Us ted está interesado en participar de la Archicofradía del Santísimo Sacramento, puede inscribirse en los cursos de formación para nuevos archicofrades, los cuales se realizan dos veces al año. Mayor información en la Oficina Parroquial o en las reuniones de la cofradía, los jueves a las 18:00 hrs.